Diputados promueven proyecto para fumigar a diez metros y las viviendas y abogados de Pueblos Fumigados buscan frenarlo

Un colectivo de abogadas y abogados de Pueblos Fumigados de distintos distritos provinciales presentó un duro escrito ante la Cámara de Diputados de la Nación, solicitando formalmente que se convoquen audiencias públicas, foros y videochats de debate antes de que se trate el Proyecto de Ley de Presupuestos Mínimos para la Aplicación de Fitosanitarios, a los que denominan "Proyecto del Veneno".
La solicitud fue dirigida a las presidencias de las comisiones de Agricultura y Ganadería y de Recursos Naturales, pidiendo que actúen de manera conjunta, conforme al artículo 114 bis del Reglamento. La presentación exige, además, publicidad amplia en los dos diarios de mayor circulación, la definición de requisitos de participación y la asignación de un ámbito físico para el encuentro.
Los letrados fundamentan su pedido en que la regulación propuesta afecta directamente derechos constitucionales y bienes colectivos esenciales como la salud, el agua y el ambiente. Sostienen que la participación ciudadana es un mandato ineludible de la Ley General del Ambiente, que obliga a integrar la variable ambiental en toda decisión pública.
El colectivo cuestiona la gestación misma del proyecto legislativo, alegando una "autorregulación" incompatible con la democracia ambiental. Señalan que la iniciativa fue articulada con la RedBPA, integrada por cámaras y empresas del agronegocio, lo que, a su criterio, reduce la pluralidad de voces requerida para un debate de esta envergadura.
El punto de mayor conflicto es la inidoneidad y desproporción de las distancias de resguardo que se establecerían a nivel nacional, cifradas en un mínimo de 10 a 45 metros.
En su escrito, los abogados reseñan una sólida lista de precedentes judiciales que consolidan estándares de resguardo significativamente mayores. Citan la condena penal del caso 'Barrio Ituzaingó' y fallos en Santa Fe, como 'Peralta' y 'Bassi', y en Buenos Aires, que han afianzado el estándar de 1.000 metros de distancia.
Incluso mencionan casos como el de Entre Ríos ('Rosso') y el fuero federal de Pergamino, donde las distancias han sido fijadas en 1.095 metros terrestres y 3.000 metros aéreos, justificadas por el riesgo de deriva, exposición crónica y genotoxicidad.
Frente a este cúmulo de evidencia judicial y científica, el mínimo nacional de 10/45 metros resulta, para los abogados, "inidóneo, innecesario y desproporcionado", y vulnera los principios de progresividad y no regresividad en materia ambiental. Por todo ello, el colectivo exige a los diputados abrir los espacios de debate para que las posiciones sociales y científicas queden formalmente registradas en el expediente legislativo.
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