El club puede esperar; el hijo no
Doctora Susana Manzi
Un fallo de Bariloche le prohibió a un padre deudor de alimentos entrar al club donde practicaba deportes. No fue la única medida: la Justicia armó un cerco completo alrededor de un hombre que tenía tiempo y dinero para entrenar, pero no para mantener a su hijo.
Hay incumplimientos que se explican y otros que se eligen. El de esta historia es de los segundos.
Durante más de tres años, un padre dejó de pagar la cuota alimentaria de su hijo. No fueron tres años de buscar changas y no llegar a fin de mes: fueron tres años yendo a su club a entrenar, con la constancia de quien tiene la vida resuelta, mientras una madre cargaba sola con la comida, la ropa, la salud y la escuela. La deuda trepó a $19.621.900. En la cuenta judicial, saldo cero. Un solo comprobante de pago en todo ese tiempo: $170.000.
No es que no puede: es que no quiere
Cuando un deudor aparece, suele decir 'no tengo, estoy sin trabajo'. A veces es verdad. Pero la jueza Cecilia Wiesztort, del Juzgado de Familia N°7 de Bariloche, no se quedó con la palabra: pidió el informe de ANSES, y el informe reveló que el demandado registra actividad laboral. Trabaja. Tiene ingresos. Puede.
Ese dato cambia todo. No pagar porque no se tiene es una desgracia; no pagar teniendo es una conducta renuente, una decisión. Y frente a una decisión, la Justicia también decide.
Cinco llaves para cerrar un cerco
El artículo 553 del Código Civil y Comercial le permite al juez disponer 'medidas razonables' cuando el incumplimiento es reiterado y las vías de siempre fracasaron. No son castigos: son medidas de presión, provisorias, que caen apenas se paga. La jueza ordenó cinco:
• Registro de Deudores Alimentarios Morosos: su nombre, fichado.
• Prohibición de salir del país: no hay vacaciones afuera mientras adentro falte el plato.
• Retención de la licencia de conducir: sin papeles, no maneja.
• Prohibición de ingreso al club donde entrenaba: la puerta que más usaba, cerrada.
• Vigencia indefinida: todo sigue firme hasta que regularice la deuda.
¿Por qué cerrarle la puerta del club?
De las cinco, es la que más sorprende y la más fina. ¿Qué tiene que ver el deporte con la cuota? Todo. El club era el lugar donde este padre elegía estar: tenía tiempo, energía y dinero para una rutina recreativa, mientras su hijo esperaba.
La medida no lo priva de nada esencial —nadie se muere por no entrar a un gimnasio—. Hace otra cosa: le toca la vida cotidiana ahí donde le gusta estar, para que la deuda deje de ser un número en un expediente y se vuelva una molestia diaria, imposible de ignorar. Y, de paso, le ordena las prioridades: tu ocio no puede valer más que la comida de tu hijo.
Por eso el fallo define el incumplimiento sostenido como una modalidad de violencia económica contra la mujer y el niño, y por eso la Defensoría de Menores acompañó cada medida. No es un pleito de plata entre adultos: es el derecho de un chico a crecer sin carencias, ese que la Convención sobre los Derechos del Niño manda asegurar, no apenas intentar.
El club seguirá ahí, y sus puertas se reabrirán el día que pague. Lo que no espera, lo que no tiene reposición, son los días de infancia que pasan sin lo necesario.
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