'La justicia social posibilita un salario y una jubilación justos'

Con el analista y ensayista Juan José Balatti estuvimos dialogando sobre dos aspectos muy perjudicados por estos días: el salario y las jubilaciones, ingresos de los que dependen dos de los sectores más frágiles de nuestra sociedad.
Terminada la entrevista, le mencioné a Balatti cuál sería el título de esta nota. 'Es una verdad de Perogrullo', me dijo, ante lo que le pedí una explicación. 'Recordemos que Perogrullo, según la RAE, es un nombre propio compuesto de Pero, forma antigua de Pedro, y el adjetivo grullo (obvio o notorio) que designa a un personaje inventado, caracterizado tradicionalmente como simple por expresar lo evidente o comúnmente sabido: ´Para el guisado de liebre hay que tener, primero, la liebre´, decía Perogrullo. Entonces, es de Perogrullo, pero, sin justicia social no es posible cobrar un salario justo ni una jubilación justa', respondió.
-Profundicemos en el concepto de justicia social
-La justicia social es una respuesta a la injusticia previa, nacida de no pagar un salario o jubilación justa. Leemos en la Biblia: 'El que no quiera trabajar, que no coma', frase que lleva implícito que quién trabaja debe comer; él y su familia, para lo cual debe recibir un salario justo. El trabajo debe ser recompensado con un salario justo, en moneda, como medio de intercambio. Así como el objeto económico de la industria es la producción, y el objeto económico de la sociedad es el consumo, el objeto del crédito y la moneda es la distribución, esto es, el encuentro social entre la producción y el consumo. El mismo sujeto que produce es quien consume. La injusticia está en separar producción de consumo. La justicia está en volver a unirlos, esto lo puede hacer realidad mediante la justicia social.
-¿Y cuáles principios la rigen?
-La justicia social se define a través de los principios de dignidad humana, del bien común, de la solidaridad, la subsidiaridad, el destino universal de los bienes y el valor del trabajo humano. Y su finalidad es inclinar al hombre a crear ciertas condiciones necesarias para su propia realización y la de los demás. La justicia social es un intento de reparar lo injusto, el robo y el trato desigual ante la ley, cometido por quién previamente paga un salario injusto, por quién le roba al trabajador parte de su salario y trata al trabajador de manera desigual para ganar más pagando menos. La sociedad debe asegurar la justicia social realizando las condiciones que permitan a cada uno conseguir lo que les es debido según su naturaleza y su vocación. La justicia social está ligada al bien común y al ejercicio de la autoridad. La justicia social sólo puede ser conseguida sobre la base del respeto de la dignidad trascendente del hombre. La persona representa el fin último de la sociedad, que está ordenada al hombre. El respeto de la persona humana implica el de los derechos que se derivan de su dignidad de ser hombre. Estos derechos son anteriores a la sociedad y se imponen a ella.
-¿Y los principios económicos a tener en cuenta cuando hablamos de salario justo y de jubilación justa?
-Primero el trabajo. Siendo la causa de todas las conquistas de la civilización y el fundamento de la prosperidad nacional, el trabajo, intelectual o físico, o ambos simultáneamente, constituyen además de un derecho esencial la suprema dignidad del hombre argentino. Luego está la propiedad: La propiedad privada de carácter individual tiene una función social, y en consecuencia estará sometida a las obligaciones que establezca la ley con fines de bien común. Con mayor razón, la propiedad realizada y dinamizada por el esfuerzo mancomunado y jerárquico de varios trabajadores, estará sometida a las obligaciones que establezca la ley con fines de bien común. Sigamos con el capital, que es un bien instrumental que el trabajo ha creado, dinamizándolo y poniéndolo al servicio de la economía nacional y del bienestar social. Otro elemento fundamental es el precio justo: en una economía productiva, no especulativa, se deberán establecer las condiciones para lograr, en el encuentro entre la oferta y la demanda, un precio justo. Y también debe haber una remuneración justa. La economía propenderá a que la retribución o remuneración que perciba el trabajador le permita satisfacer, primero, sus derechos naturales: el alimento, el techo, el vestido, el perfeccionamiento cultural; y luego propenderá a estimular al más laborioso, al trabajo más difícil, más responsable, o que necesite una mayor destreza. En otras palabras: la remuneración debe estar en proporción a las necesidades del trabajador y su grupo familiar, y en proporción además con la cantidad y calidad de su trabajo.
-Nada de esto está en sintonía con lo que pasa hoy en nuestro país…
-La población total de la Argentina está conformada por jóvenes, jubilados, desempleados y empleados productivos. Estos dos últimos son la llamada Población Económica Activa, o PEA. A partir de datos del Indec, el Centro de Estudios de la Nueva Economía de la Universidad de Belgrano, determinó que el sesenta por ciento de la PEA tiene problemas de empleo en la Argentina. En la PEA, como nos dice el cardenal vietnamita Nguyen van Thuan, 'el salario justo debe ser el fruto legítimo del trabajo. Negarlo o retenerlo puede constituir una grave injusticia. Para determinar la justa remuneración se han de tener en cuenta a la vez las necesidades y las contribuciones de cada uno'. Y según la Constitución pastoral Gaudium et spes del Concilio Vaticano II, 'El trabajo debe ser remunerado de tal modo que se den al hombre posibilidades de que él y los suyos vivan dignamente su vida material, social, cultural y espiritual, teniendo en cuenta la tarea y la productividad de cada uno, así como las condiciones de la empresa y el bien común'.
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