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¿"Medio tontita'?

16/05/2026
¿"Medio tontita'?

Por Dra. Suana Manzi

Como abogada que hoy transita la justicia entre expedientes digitales, notificaciones electrónicas y audiencias virtuales, como docente que ha trabajado para formar ciudadanos íntegros y como alguien que observa la realidad diariamente, no puedo dejar pasar el reciente y contundente fallo de la Cámara de Familia de Córdoba. Este caso no es solo una sentencia judicial; es un espejo de las violencias que, durante décadas, se han naturalizado bajo el disfraz de "exigencia laboral" o, peor aún, de "comentarios sin malicia". 

El fin de la "tontita" como herramienta de poder

La historia de S.L.P., una tesorera con tres décadas de trayectoria impecable, dio un vuelco cuando un nuevo jefe de administración comenzó un hostigamiento sistemático. El trato no solo era desconsiderado, sino profundamente degradante. Escuchar que a una profesional "no le da la cabeza" o que es "medio tontita" frente a terceros no es una crítica constructiva; es violencia psicológica pura. 

Este tipo de descalificaciones busca anular la subjetividad de la trabajadora, sembrando una "disfunción mental" como estrategia para neutralizar su capacidad de respuesta. En este caso, el agresor incluso realizaba arqueos de caja "sorpresa" al horario de salida solo para buscar errores inexistentes y justificar sanciones. 

La responsabilidad de mirar hacia otro lado

Lo que hace este fallo particularmente relevante para nuestra comunidad es el llamado de atención a las estructuras empresariales. El Directorio de la empresa no solo hizo "la vista gorda", sino que, al ser notificado de la violencia, respondió con una crueldad manifiesta: trasladó a la víctima a una sucursal más lejana para realizar tareas de "asistente de sala", lo que en una empresa funeraria implicaba la manipulación de cadáveres, tarea para la cual nunca fue capacitada. 

Como sociedad, debemos entender que la indiferencia de los superiores los convierte en responsables. La Cámara fue clara: el clima laboral de la empresa era estructural y culturalmente violento, especialmente hacia las mujeres. 

Un cambio de paradigma legal: La carga dinámica de la prueba

Desde mi perspectiva como letrada, destaco la aplicación del principio de carga dinámica de la prueba. En casos de violencia de género laboral, donde el empleador suele tener el control de la documentación y el entorno, basta con que la víctima aporte indicios serios de discriminación para que sea la empresa quien deba probar que su proceder fue objetivo y ajeno a todo prejuicio. Este estándar, alineado con el Convenio 190 de la OIT, es una herramienta fundamental para equilibrar la balanza de la justicia. 

La educación como reparación

Como docente, celebro que la justicia no se limite a una sanción económica. El fallo ordena:

La creación de un protocolo de capacitación en violencia de género para todo el personal. 

Un protocolo de valoración del clima laboral con perspectiva de género. 

Tratamiento psicológico especializado para los agresores. 

La colocación de una placa de material perdurable al lado de la puerta de acceso a la sala de reuniones del directorio con la leyenda: ' La violencia de género no es una opción'

Estas medidas no buscan solo castigar, sino transformar. Nos enseñan que la dignidad no se negocia por un sueldo y que el lenguaje que usamos en el trabajo —esos "chistes" o menosprecios— son los cimientos de una violencia que ya no tiene lugar en nuestra sociedad.

El respeto mutuo es la base de cualquier empresa sostenible. Que este fallo sirva para que ninguna trabajadora vuelva a escuchar que "no le da la cabeza". Porque lo que realmente no nos "da la cabeza" es seguir tolerando lo intolerable. 

 

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