Olfato perdido, derechos recuperados
Doctora Susana Manzi
La sentencia que incomoda a las A.R.T. y expone un debate político urgente.
La reciente decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo en un caso contra una reconocida aseguradora del sistema de riesgos del trabajo vuelve a recordarnos una verdad que a algunos les molesta: los derechos laborales no se negocian, no se tercerizan y no se ajustan en función del balance de una aseguradora. Se cumplen. Y se hacen cumplir.
En un país que atravesó una pandemia devastadora —con trabajadores que siguieron sosteniendo actividades esenciales aun a riesgo de su propia salud—, pretender que las secuelas del COVID no son incapacitantes es algo más que una mezquindad jurídica. Es una falta grave a la ética social.
Cuando la salud se pierde trabajando, la reparación no es discrecional: es obligatoria
El caso es categórico. Un trabajador de 31 años contrajo COVID-19 mientras realizaba tareas que lo exponían de manera constante. Después del alta, quedó con síntomas persistentes: pérdida parcial del olfato, afectación respiratoria, dificultades físicas que impactan su rutina diaria. Nada de esto fue negado por la ciencia. Solo fue relativizado por la aseguradora.
En primera instancia se rechazó su reclamo sosteniendo que el baremo del Decreto 659/96 no contempla la 'hiposmia'. Una excusa tan antigua como conveniente: si no está en la planilla, no existe.
Ese razonamiento —tan funcional al negocio asegurador— ignora lo elemental: que la ausencia de un casillero no borra el daño, solo expone la precariedad del sistema.
La Sala I no aceptó ese artificio. Revocó la sentencia y ordenó indemnizar. La camarista Gabriela Vázquez fue clara: 'la inexistencia de una patología en el listado no obsta la existencia del daño en el ser humano'. Y agregó un punto que incomoda más que cualquier indemnización: negar estos daños podría comprometer la responsabilidad internacional del Estado argentino y violar el artículo 14 bis, que establece que la persona trabajadora es sujeto de preferente tutela y no variable de ajuste.
Los convenios internacionales también pesan… cuando se quiere hacer justicia.
El fallo remarca que el Convenio OIT 155 y su Protocolo califican estos supuestos como accidentes laborales. Es decir: la protección no depende de la voluntad de la A.R.T. demandada ni de la creatividad de un perito. Es un piso jurídico internacional que la Argentina asumió y debe respetar.
Negar las secuelas del COVID no solo es ilegal: es políticamente irresponsable. Es desproteger a quienes sostienen la economía real mientras se blindan las ganancias de quienes han hecho de la salud laboral un negocio.
Una sentencia que enoja a las aseguradoras… y por eso mismo es necesaria
Este fallo no solo indemniza a un trabajador. Incomoda a las A.R.T., expone sus prácticas y obliga a recordar algo que ciertos sectores quieren borrar del debate público: la salud laboral no es negociable, no es optativa y no puede quedar sometida al cálculo actuarial de empresas cuyo objetivo es pagar lo menos posible.
En tiempos en que algunos discursos piden 'flexibilizar', desregular y reducir costos laborales como si eso fuera sinónimo de desarrollo, la Justicia envía un mensaje contundente: un país serio no sacrifica a sus trabajadores en el altar del mercado.
No importa cuánto lobby exista, cuánta pauta publicitaria se distribuya o cuántos funcionarios se alineen a la lógica de 'achicar derechos para atraer inversiones'. El derecho a la reparación sigue siendo un límite democrático al poder económico.
Cuando la política se hace visible en la salud del trabajador
Este fallo toca una fibra profundamente política. Y está bien que así sea. Porque detrás de cada tecnicismo, de cada rechazo, de cada 'no está contemplado en el baremo', hay un modelo de país en disputa.
¿Un país que protege a quien trabaja? ¿O un país que protege a quien factura?
La Cámara eligió. Eligió el Derecho por encima del negocio. Eligió la Constitución por encima de la contabilidad. Eligió a la persona trabajadora por encima de la aseguradora.
Y esa elección tiene un valor político inmenso. Especialmente hoy. Porque si algo dejó claro este caso es que la pérdida del olfato fue solo del trabajador.
La pérdida de sensibilidad social, en cambio, corre por cuenta de quienes buscan convertir la salud laboral en una variable de ajuste. Y frente a eso, la Justicia acaba de poner un freno necesario, contundente y profundamente político.
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