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Tarjeta roja para un deudor alimentario

01/04/2026
Tarjeta roja para un deudor alimentario

Por doctora Susana manzi

 

Cuando las medidas de siempre no alcanzan y la billetera aparece para los viajes pero no para los hijos, la Justicia decide cerrar la frontera. Un análisis sobre el reciente fallo que prohíbe la salida del país a un ex deportista por falta de pago de la cuota alimentaria.

A veces, en los tribunales, nos encontramos con laberintos que parecen no tener fin. Este es el caso de una mamá que lleva cuatro años peleando para que el padre de su hija, un hombre vinculado al mundo del deporte, cumpla con la cuota alimentaria. A pesar de haber pasado por embargos, estar anotado en el Registro de Deudores y hasta tener la licencia de conducir suspendida, el hombre seguía sin pagar, aunque sí tenía fondos para realizar viajes al exterior.

La prioridad no es el adulto, es la niña

Lo más valioso de esta sentencia es cómo los jueces ponen el foco en lo que realmente importa. No se trata de una pelea de plata entre grandes; se trata de los derechos de una persona que está creciendo.

El fallo se apoya fuertemente en la Convención sobre los Derechos del Niño (CIDN), resaltando puntos que todos deberíamos conocer:

    • Asegurar, no solo intentar: La Convención exige que los Estados tomen medidas para "asegurar" el pago de los alimentos, no simplemente para facilitar el trámite. "Asegurar" tiene un peso enorme: significa que la justicia debe lograr resultados reales, no solo papeles firmados.

    • El interés superior del niño: Este principio manda que, ante cualquier duda o conflicto, siempre debe ganar lo que sea mejor para el menor.

    • Medidas efectivas: El artículo 4 de la CIDN obliga a usar todos los recursos necesarios para que los derechos de los niños no sean solo una linda declaración, sino una realidad cotidiana.

¿Por qué prohibirle salir del país?

Muchos se preguntan si esto no es demasiado "duro". Sin embargo, los jueces explicaron que cuando alguien demuestra que tiene dinero para viajar pero no para su hija, está ejerciendo una forma de violencia económica.

El derecho de un padre a circular libremente por el mundo no puede estar por encima del derecho de una niña a comer, vestirse, tener salud y educarse. Como dice el fallo, los chicos crecen todos los días y las necesidades que no se cubren hoy, son daños que no se reparan mañana.

Este fallo nos deja una enseñanza clara: la responsabilidad parental no es una opción, es un deber fundamental. No se puede ser "ex padre" por más que uno ya no trabaje en un club o haya cambiado de vida.

"La justicia que llega tarde, muchas veces no es justicia, especialmente en temas de alimentos donde un mes de demora es un mes de carencias para un niño".

Espero que este análisis te sea útil para entender que, a veces, "cerrar la frontera" es la única forma de abrir la puerta a la responsabilidad.

 

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