Autonomía municipal

Al menos en el interior de nuestra provincia, se pierde la perspectiva de la importancia del municipio en la organización estamental de la Nación y particularmente su trascendencia histórica en cuanto que fueron los propios municipios anteriores al nacimiento de las provincias y del Estado Federal. Con el atrevimiento de quien poco sabe de nuestra rica historia, por pereza o precaria ilustración, vale descubrir que aquellos Cabildos que dibujamos con lápices de colores, fueron el antecedente inmediato de los municipios tal como hoy los conocemos. Entre la más importante de esas jornadas históricas, que sin dudas es la del 22 de mayo y no la del 25 de mayo de 1810, hasta la sanción de nuestra Constitución de 1853, no sólo transcurrieron cuatro décadas sino que además estuvimos atravesados por cruentos enfrentamientos que costaron muchas vidas y sangre derramada. Aquella Carta Magna aprobada por las entonces 13 provincias, ya que Buenos Aires decidió no participar del Congreso Constituyente, le bajó el precio a los municipios cuando en su artículo 5º habla de 'régimen municipal'. Así, llegamos hasta la última reforma constitucional de 1994, y ahí el constituyente con buen criterio, encuentra una salida a la prohibición de modificar la parte dogmática de la CN, y entonces en el artículo 123 manda a las Provincias a 'asegurar la autonomía municipal', aunque a 30 años de aquella reforma, seguimos en grave mora. Para saltar los lugares comunes de disputa, es necesario que la política se ponga de acuerdo para avanzar en lo que manda la ley fundamental y de la mano de la autonomía municipal llegue el equilibrio de las desigualdades.
Relacionadas
